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TRÁMITES ONLINE
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Expedientes gubernativos
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Registros Civiles españoles
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre el Registro de Nacionales

235- ¿Puedo abonar en el Consulado, el pago de una multa de tráfico de una infracción cometida en España?
No, esta Oficina consular no puede recibir pagos por multas de tráfico. Para informarse del procedimiento para efectuar el pago se sugiere ingrese a la siguiente página web: www.dgt.es. (Apartado: Jefatura Virtual)
3- Soy español y estoy de turismo en Argentina. ¿Debo hacer algún trámite en el Consulado?
Puede inscribirse como NO residente en el Registro de Matrícula de este Consulado General. Este trámite no es obligatorio, pero es recomendable para el caso de que Usted  tenga algún inconveniente en este país, ya sea por hurto o extravío de su pasaporte, contaríamos con todos sus datos para poder documentarlo nuevamente.
Para su inscripción debe presentar:
-Formulario de inscripción como no residente en el Registro de matrícula consular.(Clickee aquí para obtener el formulario)
-Pasaporte español
-DNI español
-1 foto color 4 x 4 cm, fondo blanco, de frente, que sea actual.
El trámite es gratuito.
88- Soy español y llegué a Argentina hace un mes por motivos laborales. ¿Qué necesito para inscribirme como residente en el Consulado?
Para la inscripción como residente debe presentar el pasaporte español con un visado de permanencia o un certificado de residencia precaria expedido por la Dirección Nacional de Migraciones de la República Argentina (sita en Avenida Antártida Argentina, 1355 Ciudad de Buenos Aires Tfnos. 4317 0234/5/6/7/8)
De no contar con esta documentación, podrá demostrar su residencia con un contrato de locación o un servicio a su nombre (Ejemplo: gas, luz). Además deberá presentar:
- 1 foto 4 x 4 cm., de frente, actual
- DNI español.
-Formulario de inscripción como residente en el Registro de Matrícula consular.(Clickee aquí para obtener el formulario)
Tenga en cuenta que, de ser necesario, se le podrá solicitar que presente su partida de nacimiento española.
El trámite es gratuito y se realiza personalmente.
89- Cambié mi domicilio. ¿Qué tengo que hacer para registrar el nuevo domicilio en el Registro de Matrícula del Consulado?
Si ha cambiado de domicilio dentro de esta circunscripción consular (Buenos Aires) podrá  comunicarlo al consulado por alguna de las siguientes vías:
  • presentándose personalmente en el Consulado
  • por carta postal dirigida a la Calle Guido 1770, Ciudad de Buenos Aires
  • a través de la opción existente en nuestro sitio web
  • por correo electrónico dirigido a cog.buenosaires.cen@mae.es
Para el caso de haber residido en España y se acaba de trasladar a Buenos Aires deberá comunicarlo en forma personal ya que debe tramitarse, en ese caso, el alta consular.
Para ello deberá presentar:
- 1 foto 4 x 4 cm., de frente, actual
- DNI español.
- Pasaporte español vigente
- Formulario de inscripción como residente en el Registro de Matrícula consular .(Clickee aquí para obtener el formulario)
- Formulario de Declaración explicativa de la elección del municipio de inscripción en el censo electoral. (Clickee aquí para obtener el formulario)
Tenga en cuenta que, de ser necesario, se le podrá solicitar que presente su partida de nacimiento española.
El trámite es gratuito y se realiza personalmente.
90- Soy español, estoy de turismo en Argentina y me robaron/extravié el pasaporte. Tengo viaje de regreso a España en 2 días. ¿Qué tengo que hacer?
Ante la pérdida o robo del pasaporte debe presentarse en este Consulado General con:
-Formulario de inscripción como no residente en el Registro de matrícula consular.(Clickee aquí para obtener el formulario)
-Denuncia policial por robo/extravío y fotocopia.
-DNI español, si posee.
-Reserva de viaje o pasaje y su fotocopia.
-3 fotos color, de frente, fondo blanco, tamaño 4 x 4 cm.
91- Soy español y me voy a residir a España ¿qué trámite debo realizar?
Los nacionales españoles deberán tramitar su baja consular siempre y cuando se encuentren inscritos como residentes en esta Oficina consular. El certificado de baja puede solicitarse hasta un mes antes de la fecha de partida hacia España. Para este trámite debe personarse el interesado con su pasaporte español en vigor. Por otro lado, si usted va a solicitar por primera vez su DNI ante la Policía Nacional en España le informamos que un documento que va a necesitar es su certificación literal de nacimiento española expedida con tal fin. Para conocer el procedimiento para solicitar la certificación literal de nacimiento a efectos de tramitar su DNI español le recomendamos que visite el apartado “Generalidades” de la sección “Preguntas frecuentes”.
92- ¿Es obligatorio sacar el pasaporte (ahora no viajo, no lo necesito)?
Si bien no es obligatorio tramitar su pasaporte, es el único documento que tendrá fuera de España que le permitirá identificarse y ejercer sus derechos y deberes.
93- Soy español, nacido en España y tengo vencido el pasaporte con el que ingresé a Argentina, ¿qué documentación debo presentar para renovarlo?
Debe presentar:
-Formulario de inscripción como residente en el Registro de Matrícula consular.(Clickee aquí para obtener el formulario)
-Partida Literal de Nacimiento española, cuya fecha de emisión no supere el año y una fotocopia de la misma.
-Ultimo pasaporte (si posee).
-DNI español (si posee).
-Si fuera casada, constancia de su matrimonio.
-2 fotos color, de frente, fondo blanco, tamaño 4 x 4 actuales.
-D.N.I. argentino para extranjeros con fecha de expedición menor a 10 años o Cédula del MERCOSUR vigente con foto actualizada, en el DNI debe figurar que su domicilio se encuentra dentro de nuestra demarcación consular.
94- Soy español/a, nacido fuera de España qué documentación debo presentar para sacar mi pasaporte por primera vez?
Puede consultar la documentación aquí.
95- ¿Cúal es el costo/valor de la renovación o expedición por primera vez del pasaporte?
El costo del trámite a partir del 1/4/2010 es de 85 pesos argentinos, equivalentes a U$S 22,10 aproximadamente. El pago sólo puede efectuarse en pesos argentinos.
96- ¿Necesito pedir cita para la tramitación del pasaporte?
Sí, para realizar la tramitación del pasaporte ya sea para la expedición por primera vez o por renovación deberá solicitarse cita previa. Podrá obtener una cita ingresando a la siguiente página web: www.cgeonline.com.ar (Trámites on line - Menú nº 1 Solicitud de Cita de Pasaportes).
97- ¿Con cuánto tiempo de anticipación puedo solicitar la renovación de mi pasaporte?
Los pasaportes españoles pueden renovarse con 6 meses de anticipación.
98- ¿El trámite de pasaporte es personal?
Si. Es necesaria la presencia de los interesados a partir de los 5 años acompañados con el padre, madre o tutor encargado (quien debe estar provisto de su pasaporte español o DNI argentino para el caso de que no posea la nacionalidad española).
A partir de los 18 años no se requiere la presencia de los padres.
99- ¿Puedo renovar mi pasaporte en Buenos Aires, si resido en Bahía Blanca?
No. La renovación de su pasaporte será efectuada por el Consulado que corresponda a su demarcación. En este caso, debe dirigirse al Consulado General de España en Bahía Blanca. En nuestra web podrá consultar la demarcación consular que le corresponde de acuerdo con su domicilio de residencia. (ver nuestra demarcación consular)
100- ¿El pasaporte me lo entregan en el día?
No. Le será entregado en 30 días naturales de la fecha de su solicitud.
101- Solicité mi pasaporte hace 15 días y no puedo ir a retirarlo. ¿Me lo envían por correo?
No, debe retirarlo personalmente de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Podrá hacer una autorización a un tercero, firmada en el dorso del resguardo (solicitud de pasaporte) que le entregaron cuando abonó, aclarando nombre, apellido y DNI de la persona que retira el pasaporte.
102- ¿Qué tengo que presentar para retirar mi pasaporte?
Para retirar el pasaporte debe presentar el “resguardo de solicitud de pasaporte” que se le entregó el día que lo tramitó, junto con el comprobante de pago y un documento que acredite su identidad.
103- Me propongo viajar a los EEUU, pero mi pasaporte no es de lectura mecánica, ¿puedo de todas formas viajar y ser admitido/a en el país?
Desde el 26 de octubre de 2005, los Estados Unidos exigen a los nacionales españoles que viajen provistos de un pasaporte electrónico. En caso de que no sea electrónico, el pasaporte deberá llevar visado (visa) para ingresar a ese país. Para verificar si su pasaporte español cumple con los requisitos exigidos para el ingreso se sugiere dirigirse a la Embajada de los Estados Unidos, en Avda. Colombia, 4300 (Ciudad de Buenos Aires) o consultar telefónicamente al 5777-4533. Si su pasaporte no es del tipo electrónico, que exigen las autoridades norteamericanas a quienes pretenden entrar en el país sin visado, podrá tramitar un nuevo pasaporte en este Consulado General. El pasaporte electrónico o pasaporte-e incorpora un chip en su portada posterior que contiene el dato biométrico relativo a la imagen facial del titular del documento, además de los datos personales que se contienen en las líneas OCR de lectura mecánica.
104- Mi pasaporte español, aún vigente, tiene todas sus hojas agotadas. ¿Puedo solicitar su reemplazo? ¿Tengo que abonar algo?
Puede solicitar su reemplazo pero como su pasaporte aún está vigente, se le otorgará una nueva libreta con la misma fecha de caducidad que el pasaporte anterior. A partir del 1/10/2010 el costo del trámite es de $60 pesos argentinos. Deberá presentar su pasaporte español vigente, su DNI argentino y 2 fotos color 4 x 4 cm, de frente, fondo blanco, actuales. Deberá solicitar cita previa para iniciar este trámite en: www.cgeonline.com.ar (Trámites On Line Menú 1 Solicitud de citas – Pasaportes – Renovación)
105- Soy nacido en Argentina y he adquirido la nacionalidad española. Voy a viajar al exterior, ¿puedo salir del país solamente con mi pasaporte español o tengo que salir con mi pasaporte argentino?
Desde finales de 2009 existe una nueva disposición de la Dirección Nacional de Migraciones argentina que establece cambios en el tratamiento migratorio de los argentinos que se hubieran naturalizado en otro país. Para una información más amplia le sugerimos que se contacte con la Dirección Nacional de Migraciones argentina (http://www.migraciones.gov.ar/) o bien con la Policía Federal argentina (http://www.policiafederal.gov.ar/).
106- ¿Qué es el NIF?
Es el número de Identificación tributaria utilizado en España para las personas físicas, que posean documento nacional de identidad español.
108- ¿Qué documentación necesito para iniciar el trámite para la obtención del N.I.F. (número de Identificación Fiscal)?
Para iniciar el trámite del NIF deberá reunir la siguiente documentación.

  Formulario modelo 030 “Declaración censal de alta en el censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales” debidamente rellenado y firmado. El formulario debe  obtenerlo cada interesado en la página web: www.agenciatributaria.es (Apartado: Modelos y formularios/Declaraciones/Censos, Certificados y otros).

  • Fotocopia de su pasaporte español compulsada/legalizada. (Se tramita en la ventanilla nº 5 de la Planta Baja de este Consulado General, presentando pasaporte original y su fotocopia).
  • Certificado de Residencia expedido por el Registro de Matrícula de este Consulado General, el que se solicita en la ventanilla nº 5, presentando pasaporte español vigente. El trámite es gratuito.
  • Escrito justificando la razón de índole económica, profesional o social para la obtención del NIF (se justifica con el escrito del organismo que le exige a Usted el NIF).
109- Una vez reunida toda la documentación ¿dónde debo presentarla para iniciar la solicitud del NIF?
Esta documentación podrá ser presentada para su envío a España en este Consulado General, Ventanilla núm. 5 (Planta Baja), calle Guido, 1770, Buenos Aires, de lunes a viernes de 8,30 a 14,30 horas
110- ¿Cuáles son las opciones existentes para tramitar mi NIF?
Cualquier español no residente en España puede solicitar directamente en la Administración de la Agencia Tributaria o Delegación donde vaya a realizar las operaciones con trascendencia tributaria, bien mediante correo ordinario,  bien mediante representante, o bien a través del Consulado de España en su país de residencia.
111- ¿En qué página web puedo ampliar la información sobre la tramitación del NIF?
Puede ampliar esta información sobre el NIF o bien consultar las direcciones de las Agencias Tributarias en España en la siguiente página Web www.agenciatributaria.es
112- ¿Qué es el NIE?
Es el número de identificación (fiscal) para extranjeros. 
113- ¿Dónde puedo tramitar mi solicitud de NIE?
Las solicitudes de NIE pueden formularse alternativamente:

  1. En la Comisaría General de Extranjería y Documentación de la Dirección General de la Policía (C/ General Pardiñas, 90; Madrid), ya sea personalmente ya mediante representante legal. En caso de hacerse a través de representante legal, éste deberá acreditar dicha representación mediante poder notarial a su favor o mediante documento de autorización, acompañado bien del pasaporte del representado, bien de una fotocopia compulsada de dicho pasaporte.
  2. En el Consulado de España de su lugar de residencia.
114- En caso de presentar la solicitud en este Consulado General ¿qué documentación deberé presentar?
1- Impreso oficial de solicitud oficial debidamente rellenado a máquina. Los impresos se encuentran disponibles en la página de información de internet www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjería/documentación/ (modelo EX14), o en la ventanilla de Informes de este Consulado General. Se ruega anotar en el dorso del impreso un número de teléfono del interesado.

2- Fotocopia compulsada del pasaporte. La compulsa se solicita en la ventanilla núm. 5 de este Consulado General (planta baja), presentando el pasaporte original y una copia de él. El costo de tal actuación administrativa es de $ 31 pesos argentinos.

3- Escrito redactado y firmado por el interesado, en el que explique someramente las razones de índole económica, profesional o social que le han llevado a solicitar la obtención de un NIE. Tal escrito habrá de ir acompañado de la comunicación escrita del organismo español que ha requerido al interesado tal NIE.

Para el caso de que el NIE sea solicitado para constituir sociedades españolas los interesados deberán aportar copia compulsada/legalizada de la escritura de constitución de la sociedad o bien, citación de la Notaría para la firma de dicha escritura.

115- Una vez presentada mi solicitud en el Consulado General de España en Buenos Aires ¿cuánto demora el trámite y dónde puedo retirarlo?
La presentación de esta solicitud se realiza en la ventanilla núm. 5 (planta baja). Este Consulado General remitirá su petición de NIE a la Comisaría General de Extranjería y Documentación de la Dirección General de la Policía (en España). El trámite demora aproximadamente 3 meses. En cuanto llegue su NIE, personal de este Consulado General se comunicará telefónicamente para que Usted pueda pasar a recoger su NIE.
116- Si no puedo concurrir por estar imposibilitado a solicitar la fe de vida ¿qué puedo hacer?
 En casos excepcionales este Consulado enviará un funcionario al domicilio del solicitante que comprobará la vivencia y estado de la persona, dado que no contamos con personal destinado exclusivamente para este fin el trámite puede demorarse bastante tiempo.
Si la persona puede concurrir con un vehículo hasta la puerta, un funcionario saldrá a verificar la existencia lo más pronto posible, otra alternativa es la de traer una acta Notarial la cuál deberá constatar la vivencia del interesado.
En los tres casos se debe tener la documentación acreditativa: españoles pasaporte vigente; extranjeros documentos con no más de 10 años de antigüedad.
117- ¿Puedo renovar el permiso/registro de conducir ?
Este Consulado puede recibir la documentación necesaria para remitirla, a su vez a la Jefatura de Tráfico. El trámite tarda más de tres meses. Los requisitos a presentar para la solicitud de prórroga de su permiso de conducir español son:
  1. Dos fotografías tamaño 32 x 36 mm, recientes, en color, con fondo liso ni muy claro ni muy oscuro, tomadas de frente con la cabeza descubierta, sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identidad de la persona.
  2. La tasa de € 22,40 (euros) podrá ser abonada mediante alguna de las siguientes opciones:
    • Que alguna persona en nombre del interesado se apersone en la Jefatura de Tráfico correspondiente en España y realice el pago de la tasa. Luego deberá remitir el comprobante del pago por fax o por correo electrónico al interesado. Ese comprobante deberá adjuntarlo con todos los demás requisitos indicados en este impreso.
    • Cheque bancario (tener en cuenta que no se admiten cheques de cuentas personales) a favor de la “Jefatura de Tráfico de ….. (aquí deberá indicar el nombre de la provincia que expidió el primer permiso)
  3. Original del Permiso de conducir cuya vigencia se pretenda prorrogar o fotocopia compulsada del mismo. (2 juegos de fotocopias). La compulsa se tramita en la Ventanilla 5 de esta Oficina consular – Sección Legalizaciones. Es un trámite arancelado.
  4. Certificado médico (original y fotocopia) en el que deberá constar el nombre y Número de Matrícula del facultativo (el médico debe tener Matrícula Nacional), confeccionado como se indica a continuación:
    • Con una fotografía del interesado adherida y firma del médico sobre la misma
    • Nombres y apellidos del interesado
    • Número del permiso o licencia de conducción caducado
    • Que el solicitante se encuentra en buenas condiciones de salud psicofísicas, no presentando síntomas de enfermedad alguna, especificando que el titular es apto para la conducción.
    • Examen oftalmológico.
    • Posteriormente, este certificado médico deberá ser legalizado en: En el Ministerio de Salud y Acción Social –Dirección de Registro y Fiscalización de Recursos de Salud (sito en Avda. 9 de julio, 1925 - 7º Piso, Capital Federal    Teléfono: 4379-9000 (De lunes a viernes de 10 a 13 hs y de 14 a 15 hs)
      En este Consulado General de España – Sección de Legalizaciones (Planta baja, ventanilla 5) Es un trámite arancelado.
  5. Fotocopias del Pasaporte español compulsada (página dónde aparecen los datos personales del interesado y de la página donde figura su inscripción en el Registro de Matrícula consular en Buenos Aires. La compulsa se tramita en la Ventanilla nº 5 de esta Oficina consular – Sección Legalizaciones. Es un trámite arancelado. (2 copias)
  6. Talón-foto (original) cumplimentado y firmado por el interesado. (Podrá solicitar este talón-foto en el Consulado General en Buenos Aires – Sección Legalizaciones).
Exenciones de tasas: Quedan exceptuados de pago las personas mayores de 70 años que soliciten prórroga de permiso. Los que por aptitudes psicofísicas se vean obligados a solicitar prórroga por un período igual o inferior a dos años, tendrán una reducción del 50 por ciento en el importe exigible.
118- ¿Qué debo aportar para compulsar / legalizar la copia de un documento?
 Tiene que concurrir con el original y la fotocopia del documento a este Consulado General a la ventanilla Nº 5 de la planta baja edificio B. Este trámite es arancelado y la compulsa hace constar que es copia fiel del original exhibido.
119- ¿ Qué debo hacer para trasladar un animal/animales (mascota) de compañía a España?
Deberá tener en cuenta que el animal a trasladar debe tener más de 90 días.
El propietario debe concurrir al Lazareto - SENASA sito en Avda. Brasil y Costanera Sur (TE: 4361-4632, página web: http://www.senasa.gov.ar/) e informarse de los requisitos necesarios para el traslado del mismo. Una vez que el SENASA expida el Certificado Sanitario, debe traerlo a este Consulado para su posterior legalización. Este trámite es arancelado.
Si la mascota ya tiene expedido un pasaporte veterinario por las autoridades de la Unión Europea (pasaporte para animales de compañía) sólo es necesario que el Lazareto / Senasa certifique el buen estado sanitario del animal dentro del mismo pasaporte, no siendo necesario su posterior legalización en esta Oficina consular (es decir, la legalización posterior no es necesaria en los casos en que el SENASA no le extienda el certificado sanitario).
120- ¿Puedo pedir certificados de antecedentes penales?
 Este consulado puede iniciar el trámite para la obtención del certificado de antecedentes penales, para tal fin debera  rellenar los impresos que se le facilitarán en la ventanilla de informes, también deberá compulsar fotocopia del pasaporte o DNI español (Legalización arancelada), una vez remitida a España la documentación una persona designada por usted deberá retirar y remitirle el correspondiente certificado.
Este trámite se realiza exclusivamente para nacionales españoles, si usted tiene otra nacionalidad debe dirigirse a su consulado.
121- Para el traslado de cenizas debo concurrir al Consulado?
 No, el traslado a España de cenizas no está sujeto a ninguna exigencia sanitaria, debe identificar el estuche que las contiene con el nombre del difunto/a y llevar la partida de defunción inscripta en este Consulado o defunción argentina Apostillada.
122- ¿Puedo convalidar el permiso/registro de conducir argentino por el español?
 Si en la actualidad está vigente el tratado de convalidación suscripto por ambos países, para ello debe usted llevar a España un certificado de legalidad o autenticidad que solicitará en la Municipalidad en la que le expidieron el registro y luego deberá legalizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores (Arenales 821) con la Apostilla de la Haya; si el documento es de la Provincia de Buenos Aires debe pasar previamente por el Ministerio del Interior (C/ 25 de Mayo 145).
123- ¿Cómo puedo hacer valer un documento argentino en España?
Debe legalizarlo previamente en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina (sito en la calle Arenales 821) con la Apostilla de la Haya.
Horario de atención al público:
lunes a viernes de 8,15 a 14,30 Horas
Dirección: Guido 1770 C1016AAF - Buenos Aires

Teléfono: +11 4814-9100; Fax: +11 4811-0079

Oficinas consulares honorarias dependientes del Consulado General de España en Buenos Aires
 
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Última actualización 30-09-2011