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Lea atentamente estas indicaciones antes de cumplimentar su solicitud de cita.
-Para que un matrimonio celebrado ante una autoridad extranjera pueda ser transcrito en el Registro Civil español es necesario que al menos uno de los cónyuges sea de nacionalidad española.
-Para que un matrimonio celebrado ante autoridad argentina pueda ser transcrito en este Registro Civil consular al menos uno de los cónyuges debe ser residente en la demarcación de este Consulado General (vea nuestra demarcación consular)
-El/la cónyuge español/a debe figurar inscrito/a en el Registro de Matrícula de este Consulado General, ya sea como residente o como transeúnte.
-El día de de la cita los cónyuges deberán acreditar su identidad por exhibición de sus Documentos Nacionales de Identidad (DNI) o pasaporte español.
-Es aconsejable que reúna toda la documentación necesaria antes de solicitar una cita.
-Si tiene alguna duda, consulte la sección preguntas frecuentes.
-Obtener una cita no implica que su matrimonio vaya a ser necesariamente inscrito .
-El resguardo de su cita le será enviado al correo electrónico que proporcione luego de que haya completado correctamente el formulario que aparece más abajo
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