seccion arriba
Usted está en Registro Civil > Información > Ley 52/2007
Volver a Inicio
TRÁMITES ONLINE
1) Solicitud de cita
Nacimientos-nacionalidad
Inscripción de matrimonio
Visados
Pasaportes
2) Solicitud de certificación del Registro Civil
Nacimiento
Matrimonio
Defunción
3) Seguimiento de trámites
Expedientes gubernativos
Solicitud de certificación
INFORMACIÓN
1) Documentación requerida
Inscripción de nacimiento
Inscripción de matrimonio
Inscripción de defunción
Expedientes gubernativos
Visados
Pasaportes
Alta consular
2) Varios
Autoconsulta
Requisitos de entrada en España
Registros Civiles españoles
Preguntas frecuentes

1) Folleto explicativo elaborado por la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares

2) Sitio web para la obtención de cita previa a la solicitud de la nacionalidad con arreglo a la disposición adicional 7 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.

3) Información facilitada por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de su página web
(buzón para comentarios,sugerencias o quejas sobre tal página web)

4) Información facilitada por el ministerio de Justicia a través de su página web

5) Instrucción de 4 de noviembre de 2008 de la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre

6) Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución, violencia durante la guerra civil y la dictadura

Horario de atención al público:
lunes a viernes de 8,15 a 14,30 Horas
Dirección: Guido 1770 C1016AAF - Buenos Aires

Teléfono: +11 4814-9100; Fax: +11 4811-0079

Oficinas consulares honorarias dependientes del Consulado General de España en Buenos Aires


Última actualización 16-02-2010

Si está usted interesado en la opción por la nacionalidad española de origen en aplicación de la disposición adicional séptima de la "Ley de la Memoria Histórica" (Ley 52/2007, de 26 de diciembre), absténgase de utilizar cualquier opción de esta página web. Con todo, ponemos a su disposición toda la información oficial al respecto (personas beneficiarias, solicitud de la nacionalidad, cita previa, documentación requerida).