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- Quien solicita la adquisición de la nacionalidad española debe asimismo promover la inscripción de su nacimiento en el Registro Civil español.
- A los residentes en la demarcación de este Consulado General en Buenos Aires les corresponde promover la inscripción de su nacimiento en este Registro Civil consular, cualquiera que sea el lugar en que hayan nacido.
- Para promover la inscripción de su nacimiento en este Registro Civil consular, es necesario haber obtenido antes una cita para ser atendido en la sección de Nacimientos.
- Deben igualmente solicitar cita para ser atendidos quienes ya tengan inscrito su nacimiento en este Registro Civil consular de Buenos Aires o en otro Registro Civil consular, hubieran perdido su nacionalidad española y se propongan ahora recuperarla.
- Son atendidos directamente, sin necesidad de haber obtenido antes una cita: a) los nacidos en España que tengan ya inscrito su nacimiento en un Registro Civil en España, que hayan perdido su nacionalidad española y deseen recuperarla; y b) quienes deseen declarar su voluntad de conservar la nacionalidad española con arreglo al artículo 24.3 del Código Civil.
- La información de la cita será enviada a su correo electrónico. Si no recibiera el mail con la información de su cita escriba a soporte@cgeonline.com.ar solicitando que le reenvíen dicha información.
- Sólo se admiten solicitudes de cita de personas que residan en la demarcación de este Consulado General en Buenos Aires.
- El día de la cita tanto el promotor de la inscripción, como sus padres, si debieran comparecer junto a él, deberán acreditar su identidad exhibiendo dos documentos: a) Documento Nacional de Identidad (DNI); y b) Cédula de Mercosur o Pasaporte, uno cualquiera de ellos.
- El trámite es personal.
- El día de la cita, de no existir inconveniente, se le entregará un talón para que retire su certificación literal de nacimiento en el plazo de dos o tres meses, dependiendo de nuestro volumen de trabajo. El plazo de tiempo que se le señale podrá variar en el caso de que su inscripción de nacimiento debe realizarse en otro registro civil español.
- Si tiene alguna duda, consulte la sección Preguntas frecuentes o Autoconsulta
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