¿Cómo hago para votar por correo?
Los electores que opten por ejercer por correo su derecho de voto deberán incluir en el sobre dirigido a la Junta electoral correspondiente, junto al sobre o sobres de votación y el certificado de estar inscrito en el censo, fotocopia del pasaporte o DNI expedidos por autoridades españolas, o en su defecto, certificación de nacionalidad o certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidas por el Consulado de España en el país de residencia y enviar todo ello en el sobre dirigido a la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática a la que el elector esté adscrito por correo certificado no más tarde del quinto día anterior al día de la elección.